Faltas
Diferencia con los delitos
La única diferencia con los delitos estriba en la menor intensidad de la conducta delictiva.
Faltas contra las personas
- Falta de lesiones: castiga el que cause una lesión no definida como delito, es decir, aquella lesión que no requiera tratamiento médico o quirúrgico.
- Falta de malos tratos que se distingue del delito en que este requiere habitualidad.
- Falta de incumplimiento de obligaciones familiares.
- Falta contra personas desvalidas.
- Falta de amenazas, coacciones, injurias o vejaciones, la diferencia con estos delitos es la menor intensidad de la amenaza, de la violencia ejercida en la coacción y la menor de la expresión que lesiona la dignidad de las persona.
- Falta de homicidio por imprudencia leve y lesiones por imprudencia. Estas faltas sólo pueden ser perseguidas mediante denuncia de la persona agravada a por su representante legal.
- Faltas de desobediencia o contra las relaciones familiares.
Faltas contra el patrimonio
- Faltas de hurto, estafa, apropiación indebida o defraudación. La diferencia con los delitos radica en que la cuantía de la falta de hurto, estafa, apropiación indebida o defraudación no excede de 400.
- Falta de usurpación cuando la cuantía no exceda de 400 euros.
- Falta de daños cuando la cuantía no exceda de 400 euros.
- Faltas de deslucimiento de bienes inmuebles.
- Faltas contra la Hacienda de la Comunidad Europea por cuantía inferior a 4000 euros.
Faltas contra los intereses generales
- Faltas de expedición de monedas falsas, cuando la cuantía es inferior a 400 euros.
- Faltas de peligro contra la salud pública: abandono de jeringuillas u otros instrumentos peligrosos.
- Faltas de peligro por el abandono de animales peligrosos.
- Faltas de abandono de animales domésticos y maltrato de los mismos.
- Faltas contra la flora.
Faltas contra el orden público
- Falta de desórdenes público.
- Faltas de desacato y desobediencia a la autoridad.
- Faltas de allanamiento del domicilio de personas jurídicas.
- Falta de omisión de los seguros obligatorios. No se castiga la conducción de un vehículo a motos sin el seguro de responsabilidad civil obligatorio.
- Faltas de uso indebido de uniformes, trajes, insignia o condecoraciones oficiales o usurpación de la cualidad de profesional.
Procedimiento
Juicio de faltas.


