La hipoteca
Concepto
La hipoteca es un derecho real que se constituye en garantía de una obligación dineraria sobre un bien inmueble.
Aplicado a la adquisición de vivienda lo podemos entender como la concesión de un crédito para la adquisición de una vivienda siendo la propia vivienda la garantía de devolución del crédito prestado.
Formalización de la hipoteca
Es indispensable para que la hipoteca quede válidamente constituida que sea inscrita en el Registro de la Propiedad por lo que necesariamente debe otorgarse ante Notario.
Gastos de formalización de la hipoteca
- Gastos de tasación de la vivienda
- Gastos de las notas simples que solicite la entidad al Registro de la Propiedad para averiguar so sobre la vivienda existen otras cargas sobre la misma.
- Comisión de apertura.
- Escritura de hipoteca, que se ha de realizar ante Notario.
- Registro de la escritura de hipoteca.
- El pago del impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
- Obligación de contratar un seguro de incendios del que sea beneficiaria la entidad que nos concede la operación.
- Seguro de amortización, se trata de un seguro de vida del titular del crédito y a favor de la entidad bancaria. Este seguro no es obligatorio pero la mayoría de los bancos lo exigen.
Qué ocurre si adquiero una vivienda que ya está hipotecada
Al adquirir la vivienda, puede que ésta ya estuviese hipotecada en este caso se puede optar por:
- renegociar las condiciones del crédito con la entidad financiera,
- continuar con la hipoteca en las condiciones pactadas por el anterior propietario,
- cambiar de entidad financiera.
Cancelación de la hipoteca en un VPO
Pueden solicitar la cancelación de la hipoteca los propietarios de los inmuebles gravados con una hipoteca a favor del Estado, como resultado de los préstamos o ayudas concedidos, con anterioridad al Plan de Vivienda de 1981-1983.
Cómo se solicita la cancelación
Enviando la solicitud por correo o presentándola directamente en el registro del Ministerio de Vivienda (Paseo de la Castellana nº 112, 28046-MADRID).
Documentación
- Nota literal completa o certificación de la inscripción de la vivienda en el Registro de la Propiedad.
- Fotocopia del DNI.
- Recibo de la última cuota abonada.
- Autorización del titular de la vivienda (si se actúa por representación).
Requisito para obtener la cancelación
Haber pagado la deuda pendiente.

