Constitución de una sociedad
Dependiendo de la forma que adopte la sociedad, su constitución debe reunir unos requisitos u otros.
Constitución de la sociedad de responsabilidad limitada:
Escritura de constitución
La escritura de constitución de la sociedad deberá ser otorgada por todos los socios fundadores, quienes habrán de asumir la totalidad de las participaciones sociales.
Contenido de la escritura
- La identidad del socio o socios.
- La voluntad de constituir una sociedad de responsabilidad limitada.
- Las aportaciones que cada socio realice y la numeración de las participaciones asignadas en pago.
- Los estatutos de la sociedad.
- La determinación del modo concreto en que inicialmente se organice la administración, en caso de que los estatutos prevean diferentes alternativas.
- La identidad de la persona o personas que se encarguen inicialmente de la administración y de la representación social.
Capital mínimo
3.005 euros
Necesidad de registro
La escritura de constitución deberá presentarse a inscripción en el Registro Mercantil.
Constitución de la sociedad Anónima
Sociedad de carácter mercantil en la que el capital social, que estará dividido en acciones, se integrará por las aportaciones de los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales.
Contenido de la escritura
Nombres, apellidos y edad de los otorgantes, si fuesen personas físicas, o la denominación o razón social si son personas jurídicas.
- Voluntad de los otorgantes de fundar una sociedad anónima.
- Metálico, bienes o derechos que cada socio aporte o se obligue a aportar.
- Cuantía de los gastos de constitución.
- Estatutos que han de regir el funcionamiento de la sociedad.
- Nombres, apellidos y edad de las personas que se encarguen inicialmente de la administración y representación social o su denominación social, nacionalidad y domicilio
Capital mínimo:
Mínimo 60.101,21 €
Necesidad de registro:
La escritura de constitución deberá presentarse a inscripción en el Registro Mercantil.


